Verifactu para autónomos: qué es y por qué te afecta
Verifactu es el conjunto de requisitos técnicos que debe cumplir el programa de facturación de un autónomo para que sus registros de facturas no se puedan modificar ni eliminar una vez emitidos.
Es el sistema que la Agencia Tributaria ha diseñado para verificar la facturación de empresas y autónomos en tiempo real, y nace de la Ley Antifraude (Ley 11/2021), desarrollada en el Real Decreto 1007/2023.
No lo confundas con la factura electrónica obligatoria de la Ley Crea y Crece: es una normativa distinta, con su propio calendario, que regula el formato de intercambio entre empresas —Verifactu regula los requisitos técnicos de tu software.
Aquí nos centramos en lo que cambia específicamente para ti como autónomo: quién está obligado, desde cuándo, y qué matices tiene tu régimen.
¿Es obligatorio Verifactu para todos los autónomos?
No todos los autónomos tienen la misma obligación: depende de si están obligados a emitir factura completa y de su régimen de tributación. La regla general es que Verifactu aplica a cualquier autónomo que expida facturas conforme al Reglamento de facturación, pero hay regímenes y territorios con particularidades propias.
| Tipo de autónomo | ¿Obligado a Verifactu? | Fecha límite |
| Persona física, estimación directa | Sí | 1 de julio de 2027 |
| Persona física, módulos, solo tickets a consumidores | No | — |
| Persona física, módulos, con alguna factura completa a empresas | Sí | 1 de julio de 2027 |
| Autónomo societario (factura a través de su SL) | Sí | 1 de enero de 2027 |
| Domicilio fiscal en País Vasco o Navarra | No (aplica TicketBAI/NaTicket) | — |
| Acogido al SII | No | — |
Autónomos en estimación directa
En Muay Tax trabajamos cada día con autónomos en estimación directa, y aquí la respuesta es clara: la obligación aplica sin excepciones relevantes, salvo que ya estés acogido al Suministro Inmediato de Información (SII) —un régimen poco habitual entre autónomos, pensado sobre todo para grandes empresas—.
Si facturas con normalidad a clientes, particulares o empresas, tu software de facturación deberá cumplir los requisitos de Verifactu desde el 1 de julio de 2027.
Autónomos en módulos (estimación objetiva)
Un autónomo en módulos no está obligado a Verifactu si únicamente emite tickets o facturas simplificadas a consumidores finales. La obligación aparece en cuanto ese autónomo expide facturas completas a otro empresario o profesional que necesite deducirse el IVA soportado.
Es habitual, por ejemplo, en talleres, hostelería con clientes de empresa o comercios con proveedores que facturan B2B. También aplica si el autónomo combina módulos con otra actividad en estimación directa.
En la práctica, no conviene dar por hecho la exención solo por tributar en módulos: la clave es si se emiten o no facturas completas, no el régimen fiscal en sí. Si es tu caso, conviene que lo confirmes con quien te lleve la fiscalidad de módulos.
¿Quién está exento de Verifactu?
Quedan fuera del ámbito de Verifactu, con matices:
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- Autónomos con domicilio fiscal en País Vasco o Navarra, que se rigen por TicketBAI y NaTicket respectivamente —sistemas forales propios—. Aplica según domicilio fiscal, no según dónde estén los clientes.
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- Autónomos acogidos al SII, al reportar ya sus facturas en tiempo real a la Agencia Tributaria por otra vía.
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- Autónomos en recargo de equivalencia o en módulos que no emiten factura completa, como se explica arriba.
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- Autónomos en el Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca (REAGP), salvo cuando emiten facturas de forma excepcional.
Si tienes actividad tanto en territorio común como en País Vasco o Navarra, debes cumplir ambos sistemas de forma simultánea.
Autónomo persona física o autónomo societario: qué fecha te aplica
Si eres autónomo persona física, tu fecha límite es el 1 de julio de 2027, tributes en IRPF por estimación directa o por módulos. Es la fecha que aplica al «resto de contribuyentes» que no tributan por Impuesto sobre Sociedades.
Si eres autónomo societario —dado de alta en RETA pero facturando a través de tu SL—, la fecha que te aplica es la de las empresas: el 1 de enero de 2027, no la de los autónomos.
La razón es que quien emite las facturas no eres tú como persona física, sino la sociedad, y las sociedades tributan por Impuesto sobre Sociedades, el colectivo al que el Real Decreto-ley 15/2025 exige adaptarse seis meses antes que a autónomos y pymes.
Esta distinción es fácil de pasar por alto porque en el día a día «ser autónomo» y «ser autónomo societario» se confunden, pero a efectos de Verifactu determina si tienes tres o seis meses menos de margen para adaptarte.
Si facturas a través de tu SL, esta distinción también afecta a cómo gestionas tu nómina como autónomo societario: son dos obligaciones distintas que conviene revisar juntas.
Requisitos técnicos y el mito del Excel
Un Excel, un Word o una factura hecha a mano no cumplen los requisitos de Verifactu, aunque incluyan todos los datos obligatorios. La normativa exige un sistema informático que genere registros con huella (hash) y trazabilidad, tal como especifica la Agencia Tributaria —algo que una hoja de cálculo no puede producir—.
Si facturas así actualmente, tendrás que migrar a un programa adaptado antes de tu fecha límite: código QR, integridad y registro de eventos forman parte del mismo calendario de adaptación que ya deben cumplir los fabricantes de software.
Qué pasa si no cumples: sanciones para autónomos
No usar un programa de facturación adaptado a Verifactu puede suponer una sanción de hasta 50.000 € por ejercicio económico, la misma cuantía que aplica al resto de obligados por no adaptar su sistema de facturación a tiempo.
Lo importante para un autónomo: la sanción recae sobre quien usa el software, no solo sobre quien lo fabrica —los fabricantes tienen su propio régimen sancionador, más severo—, así que no exime de responsabilidad alegar que «el programa no estaba adaptado».
Cómo prepararte para Verifactu siendo autónomo
Prepararte para Verifactu como autónomo se reduce a tres pasos, y cuanto antes los des, menos prisas tendrás cerca de julio de 2027.
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- Revisa tu régimen y tu forma de facturar. Si estás en estimación directa, la obligación te llega sí o sí. Si estás en módulos, comprueba si emites facturas completas a otros profesionales o solo tickets a consumidores.
- Confirma si tu programa de facturación está adaptado, y qué coste tiene el cambio. Si ya eres cliente de Muay Tax, tu facturación se gestiona a través de nuestra propia plataforma sin coste adicional; si usas otro programa, pregunta directamente a tu proveedor si cumplirá los requisitos antes de julio de 2027 y qué supone la actualización —hay opciones gratuitas y de pago según el volumen de facturas que emitas.
- Decide la modalidad que quieres usar. La mayoría de autónomos opta por la modalidad Verifactu (envío automático a la AEAT), porque reduce la responsabilidad de conservar los registros; la modalidad no Verifactu exige firma electrónica y un registro de eventos adicional, más adecuada para negocios con infraestructura técnica propia.
- Si eres autónomo societario, revisa el calendario con tu asesor fiscal, porque tu fecha puede ser la de las empresas (enero de 2027), no la de los autónomos.
- Revisa tu régimen y tu forma de facturar. Si estás en estimación directa, la obligación te llega sí o sí. Si estás en módulos, comprueba si emites facturas completas a otros profesionales o solo tickets a consumidores.
No hace falta esperar a 2027 para adaptarte: cuanto antes lo hagas, menos margen de error tendrás en la transición. Si quieres confirmar cómo te afecta exactamente, en Muay Tax revisamos tu situación fiscal como autónomo o, si tu caso es más complejo —por ejemplo, si facturas a través de una SL—, a través de nuestra consultoría fiscal.

