¿Qué es la Ley Antifraude?
La Ley 11/2021, conocida como Ley Antifraude es una normativa que busca combatir el fraude fiscal y mejorar el control fiscal en España. En su reglamento RD 1007/2023 se establecen los requisitos que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación (SIF) que utilizan las empresas y los profesionales para garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación como lo especifica la Ley General Tributaria.
La Ley Antifraude 2025 afecta a toda España a excepción de los territorios forales y empresas acogidas al SII. En el Real Decreto 254/2025 del 1 de abril de 2025, se establecieron las fechas de implantación, pero en diciembre se ha publicado la ampliación de los plazos, por lo que el 1 de enero de 2027 entrará en vigor para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, y el 1 de julio de 2027 para el resto de autónomos y empresas.
Desde el 29 de julio de 2025 los desarrolladores tienen adaptados sus sistemas de facturación. Por ello, cualquiera que empiece a utilizarlos a partir de la fecha indicada tiene que cumplir con la normativa.
¿A qué obliga la Ley Antifraude 2025?
La Ley Antifraude 2025 obliga a que todos los software de facturación estén adaptados a estas funcionalidades:
- Registro de facturación. Con la entrada en vigor de la Ley Antifraude 2025, cada software de facturación debe guardar un registro de cada factura emitida.
- Registro de eventos. El software de facturación debe almacenar el registro de los principales eventos, independientemente del de facturación, para contar con la trazabilidad de lo que se hace en el programa informático. De esta forma, toda la información se guardará sin permitir alteraciones y garantiza su conservación.
- Envío automático de los registros. Se podrá enviar de manera voluntaria y automática a la AEAT desde el mismo software, o en caso de no hacerlo, habrá que realizar la firma digital de cada registro que se genere en la aplicación y dejarlo a disposición de la Agencia Tributaria en cualquier momento.
¿A quién afecta la ley antifraude 2025?
La ley antifraude no está pensada solo para grandes empresas. Afecta a:
- Autónomos que emiten facturas por su actividad profesional o empresarial.
- Pymes y sociedades (SL, SA, cooperativas…) que facturan a clientes finales o a otras empresas.
- Negocios con TPV o caja registradora, como comercios, restaurantes, hostelería, clínicas, etc
- Ecommerce y vendedores online, incluidos quienes venden a través de marketplaces.
- Asesorías y despachos profesionales que llevan la facturación de sus clientes.
En la práctica, cualquier empresario o profesional que use un programa para emitir facturas deberá asegurarse de que ese sistema informático de facturación cumple el reglamento.
¿Cómo afecta la Ley Antifraude 2025 a mi facturación?
El Reglamento de sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023) de la Ley Antifraude 2021 se introducen cambios que afectan a la facturación, así como a las herramientas y los procedimientos que se utilizan:
- Facturar con herramienta certificada. No vas a poder utilizar ni Word ni hojas de cálculo, ya que el programa tiene que estar certificado y no puede tener un formato que no sea modificable.
- Se utilizan mecanismos como registros encadenados (hash) y controles internos del propio sistema. Además, cada factura incorporará un identificador único y un código QR, que permite a la Administración y al propio cliente verificar datos clave de la factura.
- Una vez emitida una factura, no se puede borrar ni modificar sin que quede una huella en el sistema o programa informático. Esto quiere decir que, por ejemplo, no podrás decirle a un cliente que le envias una factura nueva y que rompa la antigua. Podrás modificar la antigua y sus registros según el reglamento.
Software de doble uso: qué es y por qué está prohibido
La ley antifraude 11/2021 prohíbe expresamente el llamado software de doble uso, es decir, programas que facilitan que las empresas lleven una gestión contable paralela. Esto quiere decir que ocultan parte de los ingresos para evitar pagos de impuestos como el IVA o el IRPF.
El software de doble uso permite borrar o alterar facturas sin dejar trazabilidad y no registra determinadas operaciones de venta. Por este motivo, su función es contar con una contabilidad para Hacienda y otra oculta o en ‘B’. De esta forma, las empresas que realizan transacciones en efectivo pueden evitar reflejar sus operaciones en el sistema.
Es importante recordar que estos programas son ilegales y están prohibidos, y pueden acarrear sanciones de hasta 50.000€ por parte de la ley Antifraude.
Sanciones por no cumplir la Ley Antifraude 2025
La ley antifraude contempla multas importantes, especialmente en lo relativo al software de facturación:
- Hasta 150.000€ por cada ejercicio para el fabricante o distribuidor de software de doble uso.
- Hasta 50.000€ por cada ejercicio para el usuario (autónomo, pyme, sociedad) que tenga instalado ese software, incluso si no se prueba un fraude concreto.
Además, siguen existiendo las sanciones “de siempre”:
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- Regularizaciones de IVA e IRPF.
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- Recargos por presentación fuera de plazo.
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- Intereses por retraso.
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- Sanciones adicionales si se acredita ocultación de ingresos.
Por eso es tan importante revisar qué software utilizas y pedir a tu proveedor pruebas claras de que cumple la normativa.
Verifactu y factura electrónica: cómo encajan con la ley antifraude 2025
En paralelo a la ley antifraude, hay dos grandes piezas que también afectan a la forma de facturar:
Verifactu
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- Verifactu es el sistema de la AEAT para que los sistemas informáticos de facturación (SIF) generen registros de facturación en un formato estándar y, opcionalmente, los envíen de inmediato a Hacienda.
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- Habrá modalidades donde el sistema envía esas facturas en tiempo real y otras en las que solo se remiten si la AEAT lo requiere, pero en ambos casos el software debe cumplir el RRSIF.
Factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece)
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- La Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, introduce la obligación de usar factura electrónica entre empresarios y profesionales, con un calendario que dependerá del reglamento técnico definitivo.
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- Primero se aplicará a empresas con más volumen de facturación y, después, al resto de autónomos y pymes.
¿Cómo encaja todo?
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- La ley antifraude 2025 pone el foco en cómo se genera la factura y cómo se guardan los registros.
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- La factura electrónica B2B se centra en cómo se intercambian esas facturas entre empresas y en el control de plazos de pago.
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- Verifactu es el puente que conecta la facturación de tu negocio con los sistemas de la AEAT, aportando trazabilidad y estandarización.
Cómo preparar tu negocio para cumplir la ley antifraude 2025
Aunque las fechas “gordas” se han ido a 2027, 2025 es el momento ideal para ordenar tu facturación y evitar sorpresas:
Analiza qué programa de facturación utilizas.
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- ¿Usas Excel, Word, un TPV antiguo o un software de facturación online.
- ¿Tienes diferentes sistemas en distintos puntos de venta o todo está centralizado en un sistema.
Contacta con tu proveedor de software
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- Pregunta directamente por la adaptación al RRSIF y a Verifactu.
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- Solicita plazos y documentación.
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- Si no tienen un plan claro, quizá sea momento de valorar otras opciones.
Define un calendario interno de cambio
Aunque la obligación formal llegue en 2027, es buena idea fijar un objetivo previo. Lo más recomendable es tenerlo todo adaptado en 2026. Así podrás hacer pruebas, formar al equipo y ajustar procesos sin prisas.
Ordena tus procesos de facturación
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- Establece criterios claros sobre quién factura, cómo se corrigen errores, cómo se controlan los TPV y qué registros se revisan.
- Coordina a contabilidad, administración y, si procede, tu asesoría.
Mantente informado
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- Sigue las novedades de la AEAT sobre la entrada en vigor Verifactu y factura electrónica.
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- Consulta a tu asesor fiscal para resolver dudas específicas de tu sector.
Preguntas frecuentes sobre la ley antifraude 2025
Según el Real Decreto 245/2025 del 1 de abril, se implanta la ley antifraude el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto de Sociedades y antes del 7 de julio de 2027 para el resto de empresas y autónomos.
Es un programa que permite ocultar ingresos o alterar facturas sin dejar rastro. Por ejemplo, si puede borrar tickets, llevar dos series “paralelas” o exportar datos “limpios” y “reales” distintos. Su uso está expresamente prohibido.
A todas las empresas y autónomos con un volumen de facturación inferior a 6 millones de euros al año.
No, Excel y Word no garantizan por sí mismos la integridad, inalterabilidad y trazabilidad que exige el RRSIF. Lo ideal es utilizar un software de facturación específico que cumpla todos los requisitos.
Debes pedirle a tu proveedor de software:
- Información sobre cómo se implementan los requisitos del RRSIF.
- La declaración responsable, cuando sea necesaria.


