Requisitos para ser autónomo en España
Antes de iniciar cualquier trámite, es importante saber si cumples las condiciones legales para darte de alta como autónomo. En España, los requisitos son los siguientes:
- Ser mayor de edad. Debes tener 18 años cumplidos. Los menores emancipados también pueden hacerlo, pero con condiciones especiales.
- Tener capacidad legal para contratar y disponer de tus bienes. Esto excluye, por ejemplo, a personas incapacitadas judicialmente para ejercer una actividad económica.
- Ser ciudadano español, de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, o bien extranjero de un país tercero con permiso de residencia y autorización para trabajar por cuenta propia en España.
- Ejercer la actividad económica de forma habitual, personal y directa, asumiendo el riesgo económico de la misma. Es decir, no basta con facturar de forma puntual: Hacienda y la Seguridad Social entienden que existe «habitualidad» cuando la actividad se repite de forma continuada en el tiempo, según recoge el Estatuto del Trabajo Autónomo (BOE).
Si cumples estas condiciones legales, el siguiente paso ya no es «si puedes» darte de alta, sino «qué necesitas tener preparado» para hacerlo sin contratiempos. Vamos a verlo.
Documentación necesaria para darte de alta como autónomo
Para darte de alta como autónomo sin contratiempos, asegúrate de tener lo siguiente:
- Certificado digital o Cl@ve PIN: es imprescindible. En 2026, la práctica totalidad de comunicaciones con la Administración son telemáticas. Si no lo tienes, solicítalo en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).
- Número de Afiliación a la Seguridad Social (NAF): si has trabajado antes por cuenta ajena, ya lo tienes. Si no, deberás solicitarlo.
- Cuenta bancaria activa: necesitarás domiciliar las cuotas mensuales del RETA.
- Definición de tu actividad (epígrafe del IAE): debes tener claro qué vas a hacer para elegir el epígrafe correcto; más adelante te explicamos cómo hacerlo.
Si tienes pensado solicitar el Pago Único del desempleo, debes hacerlo antes de tramitar cualquier alta oficial. De lo contrario, perderás el derecho a esta ayuda.
Importante: el alta en la Seguridad Social debe ser concurrente o previa al alta en Hacienda. Aunque a continuación te explicamos el proceso como «Paso 1» y «Paso 2» para que sea fácil de seguir, en la práctica ambos trámites están vinculados y no existe un margen amplio entre uno y otro.
Cómo darse de alta como autónomo paso a paso
Paso 1. Alta en Hacienda
El primer paso para darse de alta como autónomo es registrarte en la Agencia Tributaria. Este trámite sirve para informar al Estado de que vas a comenzar una actividad económica, qué actividad vas a realizar y desde cuándo. Para ello debes presentar el modelo 036 o 037.
La mayoría de los profesionales que se dan de alta como autónomo utilizan el Modelo 037, que es la versión simplificada. El Modelo 036 se reserva para casos más complejos, como quienes operan con la Unión Europea o contratan trabajadores desde el primer momento.
Cómo elegir el epígrafe del IAE al darse de alta como autónomo
Uno de los puntos más críticos al darse de alta como autónomo es la elección del epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Este código numérico no solo define tu actividad ante Hacienda, sino que además determina:
- Si tu actividad es empresarial o profesional. Las actividades profesionales, como abogados, arquitectos o consultores, suelen estar sujetas a retención de IRPF en sus facturas. Puedes consultar tu tipo de retención buscando el epígrafe correspondiente.
- El régimen de IVA. Dependiendo del epígrafe, podrías estar sujeto al régimen general o al autónomo en recargo de equivalencia (común en el comercio minorista).
Paso 2: Alta en el RETA (Seguridad Social)
Este trámite se conoce comúnmente como alta RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) y es obligatorio realizarlo dentro de los 60 días anteriores al inicio de tu actividad, o como máximo el mismo día en que empiezas a facturar. No puedes darte de alta en Hacienda sin tramitar también el alta en el RETA: ambos van de la mano.
Para darte de alta en el RETA necesitas:
- Tu certificado digital, DNIe o Cl@ve PIN
- El modelo 036 o 037 ya presentado en Hacienda (justifica que ya has iniciado el alta censal)
- Tu número de afiliación a la Seguridad Social (NAF). Si nunca has cotizado, se te asignará automáticamente al tramitar el alta
- Seleccionar tu base de cotización, de la que dependerá tu cuota de autónomo.
El alta en el RETA determina la cuota que pagarás cada mes según el sistema de cotización por ingresos reales, y es también lo que te permite acceder a la Tarifa Plana si es la primera vez que te haces autónomo (o no has estado de alta en los últimos 2-3 años, según tu caso). Más abajo te detallamos cuánto pagarás exactamente.
Punto PAE: da de alta en Hacienda y en el RETA a la vez
Si prefieres no tramitar el alta en Hacienda y en la Seguridad Social por separado, existe una alternativa: el Punto de Atención al Emprendedor (PAE). A través de este servicio puedes presentar el Documento Único Electrónico (DUE), que agrupa en un solo trámite el alta censal, el alta en el RETA y otras gestiones asociadas al inicio de tu actividad.
El Punto PAE puede tramitarse online, a través del portal CIRCE, o de forma presencial en alguno de los puntos habilitados (cámaras de comercio, ayuntamientos, algunas gestorías y asociaciones autorizadas).
En la práctica, la mayoría de autónomos opta por tramitar el alta en Hacienda y en el RETA por separado porque resulta más rápido y da más control sobre cada paso. El PAE es útil si vas constituir una sociedad a la vez que te das de alta, aunque también está disponible para autónomos.
En Muay Tax nos encargamos de todo el proceso por ti, elijas la vía que elijas, para que no tengas que preocuparte por cuál es la más adecuada en tu caso.
¿Se puede dar de alta como autónomo online?
Sí. Tanto el alta en Hacienda como el alta en el RETA se pueden tramitar de forma 100% telemática, sin necesidad de pedir cita ni desplazarte a ninguna oficina. Para ello necesitas uno de estos tres métodos de identificación:
- Certificado digital, emitido por la FNMT, instalado en tu ordenador o navegador
- DNI electrónico (DNIe), con lector de tarjetas compatible
- Cl@ve PIN, el sistema de identificación simplificado de la Administración, pensado para quienes no tienen certificado digital
Con cualquiera de estos accesos puedes presentar el modelo 036/037 en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, y completar el alta en el RETA a través de Import@ss, la sede electrónica de la Seguridad Social. El proceso completo suele resolverse en 24-48 horas.
Si prefieres no lidiar con las plataformas de la Administración, en Muay Tax gestionamos ambos trámites por ti de principio a fin, sin que tengas que entrar en ninguna sede electrónica.
Cuánto cuesta darse de alta como autónomo
Darse de alta como autónomo en Hacienda y en la Seguridad Social es gratis: no tiene tasas asociadas al trámite en sí. Sin embargo, mantener la actividad tiene un coste principal fijo: la cuota mensual de cotización.
Con el sistema de cotización por ingresos reales, lo que pagas depende de tu previsión de rendimientos netos. Aquí tienes una referencia rápida de cuánto paga un autónomo en España:
- Cuota mínima (ingresos bajos): si tus rendimientos netos son inferiores a 670 €/mes, tu cuota se sitúa en torno a los 200 €/mes.
- Cuota media: para unos rendimientos netos estándar (entre 1.166 € y 1.300 €), la cuota mensual es de unos 291 €/mes.
Si tu previsión de ingresos es reducida o incierta al empezar, conviene comparar si te interesa más iniciar tu actividad como autónomo o constituir una sociedad. Puedes verlo en esta guía sobre autónomo o SL.
Tarifa Plana para quienes se hacen autónomos por primera vez
Si es la primera vez que te das de alta como autónomo (o no has estado de alta en los últimos 2-3 años), puedes acogerte a la Tarifa Plana:
- Durante los primeros 12 meses, tu cuota fija es de aproximadamente 80 €/mes, independientemente de lo que ganes.
- Durante los 12 meses siguientes, la cuota se mantiene reducida en función de tus rendimientos netos.
Es la opción más recomendable para empezar con menos presión económica mientras tu actividad coge tracción.
Bonificaciones adicionales
Además de la Tarifa Plana, existen otros incentivos para reducir tu cuota:
- Bonificaciones autonómicas. Dependiendo de dónde vivas, tu cuota del primer año puede quedar bonificada, como ocurre en Madrid, Andalucía, Murcia, Baleares o Canarias.
- Bonificaciones por reincorporación tras maternidad o paternidad, por ser joven autónomo, o por padecer alguna discapacidad, en determinadas situaciones específicas.
¿Prefieres que expertos se encarguen de todo? En Muay Tax contamos con un equipo profesional de gestoría de autónomos. Nosotros tramitamos tus altas y llevamos tus impuestos para que tú te centres en vender, no en papeleo.
¿Qué pasa si no te das de alta como autónomo?
Ejercer una actividad económica de forma habitual sin estar dado de alta en Hacienda y en el RETA se considera una infracción. Puedes recibir una multa por vender sin ser autónomo, tanto tributaria como frente a la Seguridad Social, y puede acarrear consecuencias serias:
- Sanciones de Hacienda por no presentar el alta censal (modelo 036/037) y por no declarar los ingresos correspondientes, que pueden incluir recargos e intereses de demora sobre el IVA e IRPF no liquidados.
- Sanciones de la Seguridad Social por no cotizar, que pueden suponer el pago de las cuotas no abonadas con carácter retroactivo, además de un recargo.
- Pérdida de cobertura: sin alta en el RETA no tienes derecho a asistencia sanitaria por tu actividad, ni cotizas para tu jubilación, ni tienes acceso a prestaciones como la baja por incapacidad temporal.
- Riesgo en caso de inspección: la Inspección de Trabajo y la Agencia Tributaria cruzan datos habitualmente (facturas emitidas, movimientos bancarios, plataformas de facturación) para detectar actividad económica no declarada.
Si tienes dudas sobre si tu actividad ya se considera «habitual» y deberías estar dado de alta, en Muay Tax podemos revisarlo y ayudarte a regularizar tu situación cuanto antes.
Preguntas frecuentes sobre darse de alta como autónomo
Darse de alta en Hacienda y Seguridad Social no tiene coste, pero sí implica el pago de la cuota mensual de autónomos.
Sí, no necesitas un local ni una oficina física para darte de alta: puedes declarar tu domicilio particular como lugar de ejercicio de la actividad. Esto te permite además deducirte proporcionalmente algunos gastos del hogar (suministros, alquiler o hipoteca) siempre que indiques en el modelo 036/037 los metros cuadrados que destinas a la actividad.