¿Cómo darse de alta como autónomo?

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Ser autónomo significa ejercer una actividad económica de forma habitual, personal y directa, asumiendo tus propios riesgos y organizando tu tiempo y tus ingresos. Se trata de la persona física que no cuenta con un trabajo que lo vincule a una empresa, por lo que la remuneración que recibe no se considera un salario fijo mensual.

Si quieres emprender o empezar una actividad económica por tu propia cuenta, debes darte de alta como autónomo. En este artículo te contamos cómo darse de alta de autónomo, los requisitos, plazos y precios.

Tabla de contenidos

Requisitos para darse de alta como autónomo en España

Para ser autónomo en España no necesitas capital mínimo ni constituir una sociedad, pero sí cumplir unas condiciones básicas. 

      • Ser mayor de edad o menor emancipado con capacidad legal para contratar.

      • Tener DNI o NIE en vigor.

      • En el caso de extranjeros, contar con permiso de residencia y trabajo.

      • Desarrollar una actividad económica por cuenta propia de forma habitual (vender productos, prestar servicios profesionales, comercio online, etc.).

      • Darse de alta en Hacienda a través de los modelos 036 y 037 donde se especifica la actividad a realizar.

      • Darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social.

      • Si quieres abrir un local físico, conseguir la licencia de apertura municipal que corresponda.

    Documentación necesaria antes de darte de alta como autónomo

    Antes de iniciar los trámites para darte de alta como autónomo, es recomendable tener preparada:

        • Tu DNI/NIE y, si procede, el permiso de trabajo.

        • Un certificado digital o acceso mediante Cl@ve para realizar los trámites online.

        • Una descripción clara de tu actividad económica para elegir bien el epígrafe del IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas).

        • Una dirección fiscal (tu domicilio, oficina o local).

        • Si vas a abrir un local físico, revisar si necesitas licencia de apertura o declaración responsable en tu ayuntamiento.

      Con esto listo, el proceso para ser autónomo se simplifica a dos pasos: alta en Hacienda y alta en la Seguridad Social.

      ¿Cómo y dónde darse de alta de autónomo? Paso a paso

      Darse de alta como autónomo en Hacienda: modelo 036 o 037

      El primer paso para ser autónomo es darte de alta en Hacienda. Es esencial siempre que se vaya a desarrollar una actividad:

          1. Presenta el modelo 036 o el modelo 037 (versión simplificada para muchos autónomos).
          2. Indica tus datos personales, con tu DNI o NIE, y la fecha de inicio de actividad.
          3. Elige el epígrafe IAE que mejor describa lo que haces (comercio, servicios profesionales, actividad online, etc.) en el buscador de actividades económicas y epígrafes del IAE.
          4. Define tu régimen de IVA (régimen general, recargo de equivalencia, exento, etc.).
          5. Indica cómo vas a tributar por IRPF (estimación directa normal o simplificada, módulos, retenciones en factura).

        Con este trámite, Hacienda sabe que vas a ejercer una actividad económica y te asigna las obligaciones fiscales que corresponderán a tu actividad (modelos de IVA, IRPF, retenciones…).

        Darse de alta como autónomo en la Seguridad Social

        El segundo paso es darte de alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo:

            1. Tramita el alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), preferiblemente dentro del plazo que marca la normativa respecto a la fecha de inicio de actividad.
            2. Elige tu base de cotización, que determinará la cuota de autónomos mensual y tus futuras prestaciones (baja, jubilación, etc.). Para realizar este paso debes cumplimentar y presentar el modelo TA.0521 correctamente.
            3. Selecciona una mutua colaboradora que gestionará tus contingencias profesionales y el cese de actividad.
            4. Indica si cumples los requisitos para acogerte a bonificaciones, como la tarifa plana de autónomos u otras ayudas específicas.

          Por otro lado, si vas a abrir un establecimiento físico necesitarás una licencia de apertura que tiene que conceder el ayuntamiento del municipio donde se vaya a abrir.

          Cuando termines estos pasos, ya estarás formalmente dado de alta como autónomo a todos los efectos y podrás empezar a facturar con tu NIF.

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          ¿Cuánto cuesta darse de alta como autónomo la primera vez?

          Darse de alta como autónomo, en sí mismo, no tiene un coste en tasas administrativas: tanto el alta en Hacienda (modelo 036/037) como el alta en la Seguridad Social (RETA) son trámites gratuitos.

          Lo que sí tiene coste desde el primer día es ser autónomo:

          • Cuota de autónomos:
            • Pagarás una cuota mensual a la Seguridad Social en función de la base de cotización que elijas.
            • Si es tu primera vez y cumples los requisitos, puedes acceder a bonificaciones, como la conocida tarifa plana, que reduce de forma importante la cuota durante los primeros meses.

               

          • Gestoría o asesoría (es opcional, pero muy recomendable):
            • Muchos autónomos contratan una gestoría para que les ayude con el alta y con las declaraciones de impuestos. En Muay Tax somos una gestoría especializada para autónomos para mejorar tu rentabilidad, ahorrarte tiempo y reducir errores fiscales.

          También debes contar con que tendrás que hacer frente a IVA e IRPF según tu facturación: no son costes de alta, pero sí forman parte del “coste real” de ser autónomo desde el momento en que empiezas la actividad.

          Plazo para darse de alta como autónomo

          El plazo para darse de alta como autónomo es de un mes desde que se empieza la actividad, es decir, desde que se generan ingresos. El orden y el plazo para darse de alta como autónomo son importantes para evitar problemas con Hacienda y la Seguridad Social y no perder bonificaciones:

            • Alta en Hacienda (modelo 036/037)
              •  
                • Debes presentarla indicando la fecha de inicio de la actividad.
                • Lo habitual es hacerlo el mismo día o unos días antes de empezar a facturar, nunca después de llevar tiempo trabajando.
            • Alta en la Seguridad Social (RETA)
              •  
                • Debe realizarse antes de iniciar la actividad (o dentro del plazo muy corto que marque la normativa en cada momento).
                • Darse de alta fuera de plazo puede suponer:
                  •  
                    • Pérdida de bonificaciones (como la tarifa plana).
                    • Liquidación de cuotas atrasadas desde el inicio real de la actividad.
                      Posibles recargos o sanciones si se considera que has ejercido sin estar de alta.

                   

          En la práctica, lo más seguro es planificar una fecha de inicio y hacer ambos trámites coordinados (Hacienda y Seguridad Social) antes de empezar a trabajar o emitir facturas, de forma que estés cubierto y puedas aprovechar todas las bonificaciones disponibles.

          Ayudas y bonificaciones para nuevos autónomos

          Si estás comenzando tu actividad, es muy probable que puedas acogerte a alguna ayuda o bonificación:

            • Tarifa plana para nuevos autónomos, que reduce la cuota durante los primeros meses si cumples ciertos requisitos.
            • Bonificaciones por reincorporación tras maternidad o paternidad, por discapacidad, por ser joven o por determinadas situaciones específicas.
            • Subvenciones y ayudas autonómicas o locales para el inicio de actividad, inversión en equipos, digitalización, etc.

          Conocer estas ayudas antes de darte de alta como autónomo te permite planificar mejor tu coste mensual real y no pagar más de lo necesario al inicio.

          Preguntas frecuentes sobre ser autónomo

          Sí, para emitir facturas legalmente debes darte de alta en Hacienda mediante la declaración censal y, cuando la actividad sea habitual, también en la Seguridad Social como trabajador autónomo (RETA). La declaración censal se presenta con el modelo 036 o 037, y el alta en la Seguridad Social se hace con el TA.0521 antes de iniciar la actividad.

          Debes presentar el modelo 036 (declaración censal ordinaria) o el modelo 037 (simplificado) para comunicar inicio de actividad, epígrafe IAE, régimen de IVA/IRPF y datos fiscales. Se puede tramitar online con certificado o Cl@ve.

          • Seguridad Social (RETA): cuando desarrollas la actividad de forma habitual, personal y directa con fines lucrativos.

          • Hacienda: el alta censal debe presentarse siempre antes de emitir la primera factura o iniciar la actividad, con independencia del volumen de ingresos.

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