¿Quién está obligado a hacer la declaración de la renta?
No todas las personas que obtienen ingresos en España están obligadas a presentar la declaración de la renta. La Agencia Tributaria establece ciertos criterios en función de la naturaleza de los ingresos, su cuantía y el número de pagadores. Es decir, no existe una única respuesta, sino que dependerá de tu situación personal y laboral. Aquí puedes contratar la presentación de la renta.
A continuación, detallamos los principales supuestos:
Límite general de ingresos>Límite general de ingresos
El límite más habitual se aplica a quienes han trabajado por cuenta ajena y han tenido un solo pagador durante el año fiscal. En este caso, no estás obligado a declarar si tus ingresos brutos no superan los 22.000 euros anuales.
Este umbral se mantiene siempre que:
- El pagador haya practicado las retenciones correspondientes de IRPF.
- No se tenga derecho a deducciones más allá de las generales.
- No se haya recibido ningún ingreso adicional que deba tributar.
Casos en los que hay que declarar aunque no se llegue al mínimo
Existen situaciones en las que, a pesar de no alcanzar el mínimo de ingresos establecido, sí hay obligación de declarar. Algunos de los casos más frecuentes son:
- Has tenido dos o más pagadores y el segundo y siguientes han aportado más de 1.500 euros.
- Has percibido prestaciones por ERTE, subsidios, becas, personas no residentes o ayudas sujetas a tributación.
- Has cobrado alquileres, rendimientos de capital mobiliario o has tenido ganancias patrimoniales (como la venta de acciones).
- Te has beneficiado de deducciones por maternidad, vivienda habitual, donaciones o aportaciones a planes de pensiones.
Diferencia entre declarar y tributar: conceptos clave
Es importante entender que estar obligado a declarar no siempre significa que vayas a pagar. De hecho, muchas personas presentan la declaración simplemente para que les devuelvan las retenciones practicadas a lo largo del año.
- Declarar implica presentar el modelo 100 ante Hacienda.
- Tributar implica que, tras calcular tu IRPF, te sale una cantidad a pagar.
En algunos casos, aunque no estés obligado, te conviene declarar para recuperar lo retenido de más, sobre todo si has trabajado pocos meses, has tenido hijos, hipoteca o situaciones especiales.
¿Cuál es el mínimo de ingresos para hacer la renta en 2024?
El umbral mínimo que determina si una persona está obligada a presentar la declaración de la renta en España varía según el origen de los ingresos y el número de pagadores. A continuación, desglosamos los límites actuales según los distintos perfiles más comunes.
Mínimo general con un pagador
Si has recibido ingresos únicamente de un único pagador durante el año 2023 (a declarar en 2024), no tendrás que presentar la declaración si no superas los 22.000 euros brutos anuales.
Este es el caso más habitual entre trabajadores por cuenta ajena. Eso sí, para que este límite aplique:
- El pagador debe haber aplicado correctamente las retenciones del IRPF.
- No debes tener rentas adicionales que obliguen a declarar.
- No puedes beneficiarte de deducciones específicas que requieran presentar la renta.
Mínimo con dos o más pagadores
Si has tenido dos o más pagadores, el límite baja a 14.000 euros anuales, siempre que:
- El segundo y siguientes pagadores te hayan pagado más de 1.500 euros en total.
- No estés en los supuestos que permiten mantener el límite de 22.000 euros.
Ejemplo práctico:
María trabajó en 2023 durante 6 meses para una empresa y luego 4 meses en otra.
- Primer pagador: 13.000 €
- Segundo pagador: 4.500 €
➡️ Total ingresos: 17.500 €
➡️ El segundo pagador ha superado los 1.500 €
➡️ Al superar los 14.000 €, María está obligada a presentar la declaración de la renta en 2024.
Este es el caso más común para personas que han cambiado de empleo o han estado en situación de ERTE o desempleo. Aunque no se haya superado el umbral de 22.000 euros, la obligación de declarar puede activarse por haber tenido varios pagadores.
Umbral para autónomos
En el caso de los autónomos, la obligación de declarar se activa en la mayoría de los casos, ya que:
- Se tributa por estimación directa o módulos.
- Se deben declarar todos los ingresos derivados de la actividad económica.
No existe un “mínimo” exento claro como en el caso de los asalariados. Aunque hayas facturado poco, es habitual estar obligado a declarar y presentar modelos trimestrales de IVA e IRPF.
Ejemplo práctico:
Luis es autónomo y en 2023 facturó solo 6.000 € por sus servicios como diseñador gráfico. Aunque la cantidad es baja, Luis está obligado a presentar la declaración porque tributa como autónomo en estimación directa.
➡️ Además, ha presentado modelos trimestrales de IRPF e IVA durante el año.
➡️ En su caso, no hay un “mínimo exento”, como sucede con los asalariados.
Casos especiales: pensionistas, ERTE y otros supuestos
Hay situaciones particulares que generan muchas dudas:
- Pensionistas: si solo tienen una pensión pública (de la Seguridad Social) y no superan los 22.000 €, normalmente no tienen que declarar. Si reciben dos pagadores (como una pensión y un plan de pensiones), puede bajar el límite a 14.000 €.
- Personas en ERTE: suelen tener a la empresa como primer pagador y al SEPE como segundo, lo que puede activar la obligación a partir de 14.000 €.
- Becas, premios o ayudas: si están sujetas a IRPF, pueden obligar a presentar la declaración incluso con ingresos bajos.
Tabla resumen: ¿tengo que hacer la declaración?
A continuación te mostramos una tabla simplificada con los umbrales mínimos de ingresos que determinan si estás o no obligado a presentar la declaración de la renta en 2024 (correspondiente al ejercicio fiscal 2023):
Situación del contribuyente | ¿Cuándo hay que declarar? |
Solo un pagador | Si superas 22.000 € brutos anuales |
Dos o más pagadores (y el segundo te paga más de 1.500 €) | Si superas 14.000 € brutos anuales |
Dos o más pagadores (el segundo te paga menos de 1.500 €) | Si superas 22.000 € brutos anuales |
Autónomos | Siempre, salvo casos muy puntuales o sin actividad |
Pensionistas (una pensión) | Si superas 22.000 € brutos anuales |
Pensionistas (varias pensiones/pagadores) | Si superas 14.000 € y el segundo pagador abona más de 1.500 € |
Personas en ERTE o desempleo | Si superas 14.000 € y el SEPE te ha pagado más de 1.500 € |
Becas, ayudas, alquileres, inversiones | Depende del importe y tipo: posible obligación de declarar |
Aunque no estés obligado, en algunos casos te puede convenir presentar la declaración para recibir una devolución del IRPF o aplicar deducciones. Calendario oficial de la campaña de la renta.
¿Qué pasa si no hago la declaración estando obligado?
No presentar la declaración de la renta cuando estás obligado puede tener consecuencias económicas y legales importantes. La Agencia Tributaria cuenta con mecanismos de detección automática y suele notificar irregularidades a través de requerimientos o cartas informativas. Sanciones por no declarar.Sanciones y recargos>Sanciones y recargos
Si no presentas la declaración y estás obligado, Hacienda puede imponerte:- Recargo por presentación fuera de plazo sin requerimiento previo:
- 1% fijo más un 1% adicional por cada mes completo de retraso (hasta el 12.º mes).
- A partir del 13.º mes, 15% de recargo más intereses de demora.
- Sanción por no presentar con requerimiento:
- Entre el 50% y el 150% de la cantidad que deberías haber ingresado.
- Multa fija si la declaración sale a devolver o sin ingreso:
- Suele ser de 200 €, con reducción del 50% si pagas voluntariamente.
Plazo voluntario vs. fuera de plazo
La campaña de la renta de 2023 (a declarar en 2024) tiene un plazo voluntario establecido entre abril y junio de 2024. Si te das cuenta de que no has presentado la declaración dentro del plazo, puedes hacerlo de forma voluntaria cuanto antes para evitar sanciones mayores.Cómo regularizar la situación
Si ya ha pasado el plazo y no has presentado la declaración:- Puedes hacerlo de forma espontánea, y Hacienda aplicará solo el recargo por fuera de plazo (sin sanción).
- Si Hacienda ya te ha enviado un requerimiento, la sanción será más elevada.
¿Me conviene hacer la declaración aunque no esté obligado?
Aunque no superes el mínimo de ingresos que obliga a declarar, en muchos casos sí te interesa presentar la declaración de la renta de forma voluntaria, ya que podrías recuperar parte del dinero retenido durante el año o acceder a deducciones que solo se aplican si presentas el modelo 100. Contratar compensación de la renta.Posibles devoluciones del IRPF
Si has trabajado durante el año y tu empresa o pagador ha practicado retenciones de IRPF, es muy probable que te convenga presentar la renta, porque:- Esas retenciones podrían haber sido superiores a lo que realmente debías pagar.
- Si no presentas la declaración, Hacienda no te devolverá automáticamente ese dinero.
- Esto es común en personas que han trabajado solo unos meses o con ingresos irregulares.
Deducciones aplicables
Existen varias deducciones fiscales que solo se aplican si presentas la declaración, como por ejemplo:- Deducción por maternidad o por familia numerosa.
- Deducción por alquiler de vivienda habitual (si firmaste antes de 2015).
- Deducción por donativos o aportaciones a ONG.
- Aportaciones a planes de pensiones.
- Deducciones autonómicas específicas (que varían según tu comunidad).
Cuándo conviene declarar de forma voluntaria
Te interesa hacer la declaración aunque no estés obligado si:- Has tenido retenciones durante el año.
- Quieres aplicar deducciones que te devuelvan dinero.
- Has cambiado de trabajo y tus ingresos fueron irregulares.
- Estás solicitando ayudas públicas o becas, donde se requiere el justificante de presentación de la renta.
Preguntas frecuentes sobre cómo descargar
los informes fiscales anuales
Si has trabajado para dos empleadores distintos durante el año y el segundo te ha pagado más de 1.500 euros, el límite para estar obligado a declarar baja a 14.000 euros. Si tus ingresos superan esa cantidad, tendrás que presentar la declaración de la renta, aunque no alcances los 22.000 €.
Depende de la cuantía y del número de pagadores. Si solo recibes una pensión de la Seguridad Social y no superas los 22.000 euros anuales, no estás obligado a presentar la declaración. Pero si cobras más de una pensión o alguna de ellas proviene de una entidad privada, el límite puede bajar a 14.000 euros.
El SEPE se considera un segundo pagador, por lo que si has estado en ERTE o en paro y el importe recibido supera los 1.500 €, tendrás que hacer la declaración si tus ingresos totales superan los 14.000 euros brutos anuales.
Si eres estudiante y has trabajado de forma puntual o durante el verano, dependerá de cuánto hayas ganado. Si no superas los 22.000 euros con un pagador (o 14.000 € con varios), y no tienes otras rentas, probablemente no estés obligado, aunque puede que te convenga declarar para recuperar retenciones.
Sí. Aunque no estés obligado, si has tenido retenciones de IRPF durante el año, puedes presentar la declaración de forma voluntaria y solicitar la devolución de esas cantidades. Esto es común en trabajos temporales o contratos de pocos meses.
Si no presentas la declaración de la renta estando obligado, la Agencia Tributaria puede aplicar recargos, sanciones e intereses. Cuanto más tardes en regularizar tu situación, mayor será el coste. Es recomendable presentar cuanto antes, incluso fuera de plazo.
En general, los autónomos están obligados a declarar siempre, independientemente de sus ingresos. Deben presentar la renta, los modelos trimestrales de IVA e IRPF y llevar una contabilidad adecuada, salvo en casos excepcionales o sin actividad.
Sí. Existen deducciones fiscales que solo se aplican si presentas la declaración, como la de maternidad, alquiler, donativos, planes de pensiones o deducciones autonómicas. Si no haces la renta, perderás el derecho a esas devoluciones.