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Declaración Renta Criptomonedas 2025:
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Preguntas frecuentes sobre la Declaración de la Renta de Criptomonedas

Sí. Aunque no hayas vendido tus criptomonedas, puede que igualmente tengas la obligación de declarar. Por ejemplo, si has recibido criptoactivos mediante airdrop, staking, minería o intereses por lending, Hacienda considera estas operaciones como rentas en especie o ganancias patrimoniales. Además, si superas ciertos umbrales patrimoniales, deberás incluir tus criptomonedas en el Modelo 714 (Impuesto sobre el Patrimonio) o en el Modelo 721 (declaración de bienes en el extranjero).

No declarar correctamente tus criptomonedas puede acarrear sanciones económicas importantes, recargos por presentación extemporánea y, en casos graves, inspecciones tributarias. Hacienda ya está cruzando datos con exchanges y plataformas internacionales, por lo que no declarar no implica que pases desapercibido. La multa mínima puede superar los 1.500 €, y si se detecta ocultación o fraude, puede aumentar considerablemente.

La ganancia o pérdida se calcula por la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión, teniendo en cuenta comisiones y gastos asociados. Se utiliza el método FIFO (First In, First Out) para determinar qué unidades se venden primero. Este cálculo puede ser complejo si has hecho múltiples compras, ventas, intercambios o movimientos entre wallets, por eso muchas veces se recomienda utilizar un software especializado o contar con asesoría fiscal experta.

 

Es recomendable tener un registro detallado de todas las transacciones, ya que Hacienda puede solicitar información concreta si realiza una revisión. Sin embargo, en la declaración de la Renta solo deberás indicar el total de las ganancias o pérdidas patrimoniales, agrupadas por tipo de operación. Aun así, contar con informes detallados organizados por fecha y tipo de movimiento es clave para justificar cualquier dato ante la Administración.

Desde la Ley contra el fraude fiscal de 2021 y otras regulaciones europeas, los exchanges establecidos en la UE y aquellos que operan con residentes fiscales españoles están cada vez más obligados a compartir información con Hacienda. Esto incluye plataformas como Binance, Coinbase, Bit2Me o Kraken, entre otras. Aunque algunos exchanges no colaboran directamente, el cruce de datos internacionales se está fortaleciendo con nuevas normativas como DAC8.

Sí. En España puedes compensar las pérdidas patrimoniales derivadas de operaciones con criptomonedas con otras ganancias del mismo tipo, como acciones o fondos de inversión. Además, si el saldo sigue siendo negativo, puedes arrastrarlo hasta 4 años consecutivos. Esta es una estrategia clave para reducir la factura fiscal y optimizar tu declaración, pero requiere un análisis detallado de tu historial de operaciones.

Si mantienes criptoactivos en plataformas o wallets ubicados fuera de España y superas ciertos límites, puedes tener que presentar el Modelo 721, el equivalente del Modelo 720 para criptomonedas. Este modelo se exige si el valor conjunto de tus criptoactivos en el extranjero supera los 50.000 euros. Además, si tus criptoactivos se consideran parte de tu patrimonio, también podrías estar obligado a presentar el Modelo 714.

Cada uno de estos casos tiene un tratamiento fiscal distinto. El staking y el farming suelen considerarse rendimientos del capital mobiliario, y deben declararse en la Renta según el momento en que se generan. Los airdrops se consideran ganancias patrimoniales no derivadas de transmisión y también deben declararse. Estos ingresos están sujetos a tributación desde el momento en que se reciben, incluso si no se han convertido a euros.

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