¿Qué es el Impuesto de Sociedades? Guía completa en 2026

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Carmen Marconel

El Impuesto de sociedades es el tributo que pagan las sociedades mercantiles y demás personas jurídicas sobre el beneficio obtenido durante el ejercicio.

El tipo general es del 25%, aunque existen tipos reducidos del 15% al 23% para pymes, microempresas y entidades de nueva creación, y se declara mediante el modelo 200.

Tabla de contenidos

¿Qué es el Impuesto de Sociedades?

El Impuesto de Sociedades es un tributo directo que grava el beneficio obtenido por las personas jurídicas residentes en España durante un ejercicio económico.

Está regulado por la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y se aplica sobre el resultado contable de la empresa, una vez practicados los ajustes fiscales que exige la normativa.

El período impositivo coincide, con carácter general, con el ejercicio económico de la empresa y nunca puede superar los 12 meses. Termina antes de ese plazo si la sociedad se extingue, traslada su residencia fiscal al extranjero o cambia de forma jurídica de manera que deje de estar sujeta al impuesto.

A diferencia del IVA, que grava el consumo, el impuesto de sociedades grava directamente el beneficio. Por eso su importe varía cada año según los resultados de tu empresa, y puede ser cero si el ejercicio se cierra con pérdidas.

Características del Impuesto de Sociedades

El impuesto de sociedades tiene cuatro características principales:

      • Directo: grava directamente la obtención de renta por parte de la sociedad, no una transacción o el consumo.

      • Personal: se calcula teniendo en cuenta las circunstancias de cada contribuyente, no un bien o servicio concreto.

      • Proporcional: el tipo aplicable no varía según el importe del beneficio, a diferencia del IRPF, que es progresivo.

      • Periódico: se liquida cada ejercicio económico, normalmente coincidente con el año natural, aunque no siempre.

    ¿Quién está obligado a pagar el Impuesto de Sociedades?

    Deben pagar el impuesto de sociedades las entidades con personalidad jurídica propia residentes en España, entre ellas:

        • Sociedades mercantiles: sociedades limitadas, sociedades anónimas, sociedades laborales y sociedades colectivas.

        • Sociedades civiles con objeto mercantil.

        • Cooperativas, fondos de inversión y fondos de pensiones.

        • Uniones temporales de empresas (UTE) y agrupaciones de interés económico (AIE).

        • Asociaciones, fundaciones e instituciones públicas y privadas no exentas.

      La obligación de presentar el modelo 200 existe incluso cuando el resultado del ejercicio es negativo o la empresa está inactiva, siempre que conserve su personalidad jurídica.

      Están totalmente exentos organismos como el Estado, las comunidades autónomas o los ayuntamientos. Están parcialmente exentos los colegios profesionales, sindicatos, partidos políticos y entidades sin ánimo de lucro acogidas a la Ley 49/2002, que solo tributan por determinadas rentas no relacionadas con su actividad exenta.

      Si tu empresa tributa en Navarra o el País Vasco, el impuesto de sociedades se rige por el Convenio Económico o el Concierto Económico respectivamente, con tipos y particularidades propias que esta guía general no cubre.

      ¿Tu SL tiene que presentar el Impuesto de Sociedades?
      En Muay Tax nos encargamos del cálculo, las deducciones y la presentación del modelo 200, para que no tengas que perseguir plazos ni normativa.

      Tipos impositivos del Impuesto de Sociedades en 2026

      El tipo general del impuesto de sociedades es del 25% sobre el beneficio neto, pero la Ley 7/2024 introdujo una reducción progresiva para pymes y microempresas que se aplica entre 2025 y 2029.

      Tipo de entidad Tipo aplicable en 2026
      General 25%
      Empresas de reducida dimensión (facturación < 10 M€) 23%*
      Microempresas (facturación < 1 M€) 19% hasta 50.000 € de base, resto al 21%*
      Entidades de nueva creación 15% en el primer ejercicio con base positiva y el siguiente
      Cooperativas fiscalmente protegidas 20%
      Entidades sin fines lucrativos (Ley 49/2002) 10%
      Entidades de crédito 30%

      *Estos tipos siguen una senda de reducción progresiva hasta 2029. Conviene confirmar el porcentaje exacto de tu ejercicio en la sede electrónica de la Agencia Tributaria o con tu asesor.

      Conviene distinguir entre tipo nominal y tipo efectivo. El nominal es el porcentaje que marca la ley antes de aplicar ninguna deducción; el efectivo es lo que tu empresa acaba pagando realmente una vez descontadas las bonificaciones y deducciones a las que tenga derecho, y suele quedar por debajo del nominal.

      ¿Cómo se calcula el Impuesto de Sociedades?

      El cálculo parte del resultado contable de tu empresa (ingresos menos gastos) y avanza en varios pasos:

          1. Se aplican los ajustes fiscales, que pueden ser temporales (una diferencia entre el ejercicio en que se contabiliza un gasto y aquel en que Hacienda permite deducirlo) o permanentes (gastos que la ley nunca considera deducibles, como las multas y sanciones).

          2. El resultado ajustado, una vez compensadas las bases imponibles negativas de años anteriores si las hubiera, es la base imponible.

             

          3. Se aplica el tipo de gravamen correspondiente para obtener la cuota íntegra.

             

          4. Se restan las deducciones y bonificaciones a las que tenga derecho la empresa, resultando la cuota líquida.

             

          5. Se descuentan las retenciones y los pagos fraccionados ya ingresados durante el año (modelo 202), obteniendo la cuota diferencial: la cantidad final a pagar o a devolver.

        Todo este cálculo se refleja en el modelo 200, la autoliquidación anual del impuesto de sociedades.

        Un ejemplo simplificado: si tu SL cierra el ejercicio con un resultado contable de 50.000 € y no hay ajustes fiscales relevantes, la base imponible son esos mismos 50.000 €. Aplicando el tipo general del 25%, la cuota íntegra sería de 12.500 €. Si tu empresa aplica 2.000 € de deducciones, la cuota líquida baja a 10.500 €; y si ya ingresaste 4.000 € en pagos fraccionados durante el año, la cuota diferencial que quedaría por pagar en julio sería de 6.500 €.

        Deducciones y bonificaciones más habituales

        La normativa contempla varios incentivos que reducen la cuota del impuesto de sociedades:

            • Deducción por I+D+i: hasta el 25% de los gastos en investigación y desarrollo (42% sobre el exceso respecto a la media de los dos ejercicios anteriores) y el 12% en innovación tecnológica.

            • Deducción por creación de empleo: 3.000 € por la contratación del primer trabajador indefinido menor de 30 años, con importes adicionales al contratar a personas desempleadas o con discapacidad.

            • Reserva de capitalización: reduce la base imponible hasta un 10% del incremento de tus fondos propios, siempre que lo mantengas al menos 3 años.

            • Reserva de nivelación: disponible para empresas de reducida dimensión; permite diferir hasta el 10% de la base imponible (máximo 1 millón de euros) a ejercicios futuros.

            • Deducción por inversión de beneficios: un 10% adicional sobre la parte del beneficio que reinviertas en elementos nuevos del material inmovilizado o en inversiones inmobiliarias afectas a la actividad.

          Aplicar correctamente estas deducciones puede generar un gran ahorro fiscal, aunque cada una exige cumplir requisitos específicos que conviene revisar con tu asesor. Además, en conjunto no pueden superar el 25% de la cuota íntegra del ejercicio, límite que sube al 50% si la deducción por I+D+i por sí sola supera el 10% de esa cuota.

          Impuesto de Sociedades vs. IRPF: diferencias clave

          Aunque ambos gravan la renta, el impuesto de sociedades y el IRPF tienen diferencias importantes:

            Impuesto de Sociedades IRPF
          Quién lo paga Personas jurídicas (SL, SA, cooperativas…) Personas físicas, incluidos autónomos
          Tipo Proporcional (25% general) Progresivo, por tramos de renta
          Modelo 200 100
          Plazo 1-25 de julio Abril-junio

          Si eres autónomo, no pagas impuesto de sociedades: tus beneficios tributan por IRPF, dentro de tu declaración de la renta. Solo lo pagan las empresas con personalidad jurídica propia.

          ¿Qué modelos se presentan para el Impuesto de Sociedades (IS)?

          El impuesto de sociedades se gestiona principalmente a través de tres modelos, según el tipo de declaración y de empresa:

            • Modelo 200: es la autoliquidación anual del impuesto de sociedades. Lo presentan todas las sociedades obligadas, incluso si no han tenido actividad o el resultado es negativo, entre el 1 y el 25 de julio si su ejercicio coincide con el año natural.

            • Modelo 202: sirve para ingresar los pagos fraccionados a cuenta del impuesto de sociedades del ejercicio en curso. Solo están obligadas a presentarlo las empresas que declararon una base imponible positiva el ejercicio anterior o que facturan más de 6 millones de euros al año, en abril, octubre y diciembre.

            • Modelo 220: es la declaración anual para los grupos de sociedades que tributan en régimen de consolidación fiscal. Sustituye al modelo 200 individual de cada empresa del grupo y se presenta en los mismos plazos.

          Además, existe el modelo 222, equivalente al 202 pero para los pagos fraccionados de los grupos que tributan de forma consolidada.

          Resumen de modelos del IS

          Modelo Qué declara Plazo
          Modelo 200 Declaración anual 1-25 de julio (ejercicio natural)
          Modelo 202 Pagos fraccionados a cuenta Abril, octubre y diciembre
          Modelo 220 Grupos consolidados Mismos plazos que el modelo 200

          En el artículo cuándo se paga el Impuesto de Sociedades podrás saber detalle completo de fechas, domiciliación del pago y recargos por presentación fuera de plazo

          Cómo te ayuda Muay Tax con el Impuesto de Sociedades de tu empresa

          Calcular correctamente el impuesto de sociedades, aplicar las deducciones que te corresponden y no perder ningún plazo requiere seguimiento constante, sobre todo si tu empresa tiene actividad internacional o vende en marketplaces como Amazon.

          En Muay Tax llevamos la gestión, el cálculo y la presentación del impuesto de sociedades de tu SL, incluyendo los pagos fraccionados, las deducciones aplicables y la declaración anual.

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          En Muay Tax llevamos la gestión de SL, las deducciones y la presentación del modelo 200 de tu empresa.

          Preguntas frecuentes sobre qué es el Impuesto de Sociedades

          No. El impuesto de sociedades grava el beneficio de la empresa; el IVA grava el consumo y lo soporta el cliente final, aunque la empresa lo repercuta y lo liquide ante Hacienda. Son impuestos distintos, con modelos y plazos diferentes.
          Sí. Las bases imponibles negativas de ejercicios anteriores se pueden compensar sin límite de años, aunque a partir de cierto importe existe un límite del 70% de la base imponible previa a esa compensación (siempre puedes compensar, como mínimo, 1 millón de euros).
          Sí. Puedes solicitar un aplazamiento o fraccionamiento a la Agencia Tributaria si tienes dificultades de tesorería, igual que con otros impuestos. Hay que pedirlo antes de que finalice el plazo voluntario de pago, y Hacienda puede exigir garantías o aplicar intereses de demora según el importe.
          Puedes presentarlo tú mismo desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, pero calcular bien los ajustes fiscales, deducciones y bonificaciones es complejo y un error puede salir caro. Por eso la mayoría de empresas prefieren delegarlo en una gestoría fiscal. En Muay Tax nos encargamos de ello.

          La clasificación se basa en la cifra de negocio del ejercicio anterior: microempresa si factura menos de 1 millón de euros, empresa de reducida dimensión si factura entre 1 y 10 millones, y régimen general a partir de ahí. 

          Si tu empresa forma parte de un grupo, esta cifra se calcula sobre el conjunto del grupo, no solo sobre tu sociedad.

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