¿Qué es el IVA?
El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es un impuesto indirecto que se aplica al consumo de bienes y servicios. Se llama “indirecto” porque no grava directamente la renta o el patrimonio de las personas, sino el acto de consumir. Es decir, no se paga por ganar más o menos dinero, sino por comprar o utilizar determinados productos o servicios.
Este impuesto se aplica en cada fase de la cadena de producción y distribución, desde el fabricante hasta el consumidor final. Sin embargo, a diferencia de otros impuestos, el IVA está diseñado para que las empresas y los autónomos no lo soporten como un coste, sino que actúen como intermediarios entre el consumidor y la Administración.
Por tanto, la declaración del IVA la tienen que presentar los profesionales autónomos que realizan actividades empresariales, profesionales, así como arrendadores de inmuebles o bienes, sociedades mercantiles y promotores inmobiliarios.
¿Cómo funciona el IVA?
Para entender realmente qué es el IVA tenemos que fijarnos en cómo se aplica en el día a día, especialmente a través de las facturas y de la diferencia entre el IVA que se cobra y el que se paga.
Cómo se aplica el IVA en una factura
El IVA se aplica siempre sobre la base imponible, que es el precio del bien o servicio antes de impuestos. A esa base se le añade el tipo de IVA correspondiente, obteniendo así la cuota de IVA, que se suma al precio final que paga el cliente.
En una factura con IVA deben aparecer claramente estos elementos:
- Base imponible: importe del producto o servicio sin IVA.
- Tipo impositivo: porcentaje de IVA aplicado (21 %, 10 % o 4 %, según el caso).
- Cuota de IVA: resultado de aplicar el porcentaje sobre la base imponible.
- Total factura: base imponible + IVA.
Por ejemplo, si un servicio tiene una base imponible de 100€ y se le aplica un IVA del 21%, la cuota de IVA será de 21€ y el total a pagar será de 121€.
Este IVA que aparece en la factura no es un ingreso para la empresa o el autónomo, sino un importe que se cobra al cliente para ingresarlo posteriormente en Hacienda.
Diferencia entre IVA repercutido e IVA soportado
El IVA repercutido es el IVA que una empresa o autónomo cobra a sus clientes en las facturas que emite por sus ventas o servicios. Es un IVA que se debe ingresar en Hacienda.
En cambio, el IVA soportado, que hace referencia al modelo 303, es el IVA que la empresa o el autónomo paga en sus compras y gastos relacionados con su actividad profesional, como proveedores, alquileres, suministros o servicios. Este IVA se puede deducir en la liquidación siempre que se cumplan los requisitos legales.
En cada periodo de liquidación, se calcula la diferencia entre ambos. Si el IVA repercutido es mayor que el soportado, se ingresa la diferencia. En cambio, si el IVA soportado es mayor, el resultado puede compensarse o solicitar la devolución.
Quién paga el IVA y quién tiene la obligación de declararlo
El consumidor final es quien paga el IVA de forma efectiva, ya que lo abona incluido en el precio del producto o servicio y no tiene derecho a deducirlo. En el caso de las empresas y los autónomos, no pagan el IVA como un gasto propio, sino que actúan como intermediarios entre el consumidor y la Agencia Tributaria. Su función es repercutir el IVA a sus clientes en las facturas, soportar IVA en sus compras y gastos profesionales y declarar periódicamente la diferencia entre los importes.
Por eso, aunque una empresa cobre IVA en cada factura, ese dinero no le pertenece. Solo lo recauda temporalmente hasta ingresarlo en la Agencia Tributaria (Hacienda) mediante las declaraciones correspondientes.
Quien tiene la obligación legal de declarar el IVA es el llamado sujeto pasivo. En la mayoría de los casos, el sujeto pasivo es la empresa o el autónomo que realiza la venta o presta el servicio.
Tipos de IVA en España y cuándo se aplica cada uno
Según la Ley 37/1992, en España se aplican tres tipos de IVA diferentes en función de los productos o servicios que se adquieren:
- IVA general del 21%. Es el más habitual y afecta a la mayoría de productos y servicios. Es el tipo que se aplica por defecto cuando una operación no encaja en ninguno de los tipos reducidos. Se aplica a ropa y complementos, hostelería, servicios profesionales, electrónica y tecnología y servicios digitales.
- IVA reducido del 10%. Se aplica a determinados bienes y servicios de uso común con el objetivo de reducir su impacto en el consumidor final. Se aplica a alimentos no básicos, transporte de viajeros, hostelería y restauración, servicios de vivienda y actividades culturales y deportivas.
- IVA superreducido del 4%. Está reservado a bienes de primera necesidad cuyo acceso debe mantenerse a un precio lo más bajo posible. Se aplica a alimentos básicos, medicamentos, libros, periódicos y revistas y productos sanitarios específicos.
Por otro lado, hay productos exentos de IVA, es decir, operaciones que se benefician de una exención prevista en la normativa, como servicios de asistencia sanitaria, los sellos de Correos y los productos financieros. Estos son sólo algunos de los casos en los que no hay que pagar el IVA.
Cómo se calcula el IVA paso a paso
Saber cómo se calcula el IVA es clave para entender cómo se forman los precios y para emitir o revisar facturas correctamente. El cálculo es sencillo si se conocen las fórmulas básicas.
Añadir IVA a un precio sin impuestos
Cuando tienes un precio sin IVA y quieres saber cuál será el precio final, el cálculo consiste en aplicar el tipo de IVA correspondiente sobre la base imponible.
Fórmula general:
Precio con IVA = Base imponible x (1 + tipo de IVA)
Por ejemplo, si un producto cuesta 100€ y se le aplica un IVA del 21%, el cálculo sería:
100€ × 1,21 = 121€
El IVA incluido en ese precio final sería de 21€.
Quitar el IVA a un precio final
También es habitual necesitar conocer cuál es el precio sin IVA cuando solo se dispone del precio final.
Fórmula general:
Base imponible = Precio con IVA ÷ (1 + tipo de IVA)
Siguiendo el ejemplo anterior, si el precio final es 121€ y el IVA es del 21%: 121€ ÷ 1,21 = 100€
De esta forma se obtiene la base imponible y se puede calcular la cuota de IVA correspondiente.
Ejemplo práctico completo
Imagina que un autónomo presta un servicio profesional:
- Base imponible: 500€
- Tipo de IVA aplicado: 21%
Cálculo del IVA:
- Cuota de IVA: 500€ x 21% = 105€
- Total factura: 500€ + 105€ = 605€
Este importe de IVA (105€) será IVA repercutido, que el autónomo deberá tener en cuenta en su próxima declaración.
Cómo y cuándo se declara el IVA
La forma de declarar el IVA no es exactamente la misma para todos los autónomos y empresas. Depende del régimen de estimación en el que se encuentre el contribuyente, ya que este determina cómo se calcula el impuesto y con qué información se declara.
- Declaración del IVA en estimación directa. Es el régimen más habitual y se basa en los ingresos y gastos reales de la actividad. Se declara el IVA repercutido de las ventas, se deduce el IVA soportado de las compras y se resuelve el resultado de la liquidación: a ingresar, a compensar o a devolver.El IVA se declara mediante el modelo 303, generalmente de forma trimestral, y se regulariza al final del año con el modelo 390.
- Declaración del IVA en estimación objetiva o módulos. En este caso el IVA no se calcula en función de los ingresos y gastos reales, sino a partir de parámetros objetivos como el tipo de actividad, la superficie del local o el número de empleados.El IVA a declarar se determina mediante cuotas fijas, no se deduce el IVA soportado de forma general y el importe a ingresar suele ser previsible y estable.
Los autónomos y las empresas deben declarar periódicamente el IVA que han cobrado a sus clientes y el que han pagado en sus gastos, ingresando en Hacienda la diferencia entre ambos importes. Con carácter general, es trimestral para la mayoría de autónomos y pymes; y mensual para empresas con mayor volumen de operaciones o en regímenes específicos.
IVA intracomunitario y cuándo se aplica
El IVA intracomunitario regula las operaciones entre empresas o profesionales de distintos países de la Unión Europea, evitando la doble imposición y garantizando que el IVA se tribute en el país de consumo.
Se aplica cuando ambas partes actúan como profesionales y están en países distintos de la UE. Quien realiza operaciones intracomunitarias debe estar inscrito en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), utilizar un NIF-IVA válido en facturas y declarar correctamente estas operaciones en los modelos informativos correspondientes.
Devolución del IVA y su tratamiento contable
La devolución del IVA se produce cuando, en una liquidación, el IVA soportado es superior al IVA repercutido.
Tratamiento contable del IVA a devolver
Para realizar una correcta contabilidad del IVA hay que saber que el IVA se tiene que liquidar dentro del periodo previsto por la normativa. El IVA soportado y repercutido se registra en cuentas separadas y cuando el resultado es negativo se genera un derecho frente Hacienda. Este saldo puede compensarse en periodos posteriores o solicitar la devolución del IVA, pasando a reflejarse como un importe pendiente de cobro hasta que la Administración lo reintegre.
Preguntas frecuentes sobre qué es el IVA
El IVA significa Impuesto sobre el Valor Añadido y sirve para gravar el consumo de bienes y servicios. Es una de las principales fuentes de recaudación del Estado y se aplica en la mayoría de operaciones comerciales.
El IVA lo paga el consumidor final, ya que va incluido en el precio. Las empresas y autónomos solo lo recaudan y lo declaran ante la Agencia Tributaria.
En España existen tres tipos de IVA:
IVA general (21%)
IVA reducido (10%)
IVA superreducido (4%)
Cada uno se aplica según el tipo de producto o servicio.
Con carácter general, el IVA se declara de forma trimestral mediante el modelo 303. Algunas empresas deben declararlo de forma mensual, según su volumen de operaciones o régimen fiscal.
Sí. Cuando el IVA soportado es mayor que el repercutido, el resultado puede compensarse en periodos futuros o solicitarse a devolución, según el régimen de IVA aplicable.
No. El IVA no es un gasto ni un ingreso, sino un impuesto neutral. Solo se convierte en coste cuando no es deducible o en determinados regímenes como el simplificado.


